Entre la Libertad y la Dignidad: Una Reflexión Filosófica, Jurídica y Económica sobre la Moralidad de la Pornografía

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Balanced scales holding symbols of freedom and justice

Hay temas que preferimos no discutir en voz alta, y precisamente por eso terminan pensándose mal. La pornografía es uno de ellos. Se habla de ella en el terreno del chiste o del escándalo, rara vez en el de la argumentación. Y cuando un tema queda huérfano de argumentos, lo ocupan los dogmas: el del moralista que condena sin examinar y el del libertario que celebra sin preguntar. Quiero proponer aquí un ejercicio distinto, más incómodo y más honesto, desde mi trabajo como académico dedicado a la filosofía del derecho y la economía: pensar el problema en lugar de resolverlo por decreto.

Lo primero es advertir que la pregunta «¿es moral la pornografía?» contiene, en realidad, tres preguntas distintas que solemos confundir. Una es ética: ¿es buena o mala esta práctica para quien la produce y para quien la consume? Otra es jurídica: ¿debe el Estado prohibirla, tolerarla o regularla? Y una tercera es económica: ¿qué clase de mercado es este y qué efectos genera? Confundirlas es el origen de casi todos los malentendidos. Hart lo advirtió con precisión frente a Devlin en aquel debate que sigue siendo obligatorio: no todo vicio debe ser delito, ni todo lo lícito es virtuoso. El derecho y la moral se tocan, pero no se agotan mutuamente.

El argumento de la libertad

Quien defiende la licitud de la pornografía se apoya, casi siempre, en el principio de daño de Mill: mi libertad sólo puede limitarse cuando perjudico a otro. Si intervienen adultos capaces que consienten, y si el consumo ocurre en la esfera privada, la desaprobación ajena no basta para fundar un reproche. La repugnancia colectiva, por intensa que sea, no es un argumento moral: es un sentimiento. Y una sociedad que legisla sobre sentimientos acaba legislando sobre el gusto.

A esto se suma la dificultad, nunca resuelta, de trazar la frontera. La representación sexual acompaña a la humanidad desde la cerámica griega y los frescos de Pompeya hasta la literatura erótica que hoy figura en los programas universitarios. ¿Dónde termina el arte y empieza la pornografía? Nadie ha ofrecido un criterio que no sea arbitrario, y un criterio arbitrario resulta un cimiento pésimo para una condena universal.

El argumento económico refuerza esta posición desde otro flanco. La demanda de este bien es persistente y notablemente inelástica: no desaparece cuando se prohíbe, se desplaza. La economía de la prohibición —de Becker a los estudios sobre mercados ilícitos— enseña una lección que insistimos en olvidar: reprimir un bien deseado no lo elimina, lo empuja hacia la clandestinidad, donde se evaporan justamente los controles que más importan, los de edad, salud y consentimiento. Regular internaliza costos, permite trazabilidad, contratos y derechos laborales. Prohibir, con frecuencia, sólo transfiere el negocio a quienes no rinden cuentas a nadie.

El argumento de la dignidad

Pero la objeción más seria a la pornografía no proviene del púlpito, sino de la filosofía feminista más rigurosa. MacKinnon y Andrea R. Dworkin, y después Rae Langton y Martha Nussbaum en clave analítica, sostienen algo que merece atención: buena parte de este material no es mera expresión, es un acto que construye subordinación. Representa a la mujer como instrumento fungible, y esa representación no queda encerrada en la pantalla: educa el deseo, moldea expectativas, configura lo que una generación entiende por intimidad. Si esto es así, el daño no recae sobre un tercero identificable, sino sobre la condición social de igualdad. Y entonces el consentimiento individual no absuelve, porque el bien lesionado no es individual.

Hay además un problema que como jurista no puedo pasar por alto: el consentimiento presupone alternativas reales. Cuando alguien participa por precariedad, deuda, adicción o abiertamente por trata, tenemos consentimiento formal sin libertad sustantiva. La economía lo llama asimetría de poder de negociación; el derecho civil, vicio del consentimiento. Firmar no siempre es elegir. Y en una industria caracterizada por la opacidad informativa sobre sus condiciones de producción, el consumidor rara vez sabe qué está sosteniendo con su clic.

Existen, por lo demás, externalidades que ningún precio refleja: la exposición temprana de menores, la compulsividad, la distorsión de la educación sexual de quienes aprenden ahí lo que nadie más se atrevió a enseñarles, y el fenómeno gravísimo del material difundido sin consentimiento. Son fallos de mercado en el sentido técnico más estricto: costos que alguien paga y nadie asume.

Queda una última objeción, y es la que más me interesa. La ética de la virtud, de Aristóteles a Tomás de Aquino, no pregunta «¿a quién dañé?», sino «¿en qué me estoy convirtiendo?». Un hábito no es un acto aislado: es una forma de esculpirse el carácter. El consumo habitual puede erosionar la templanza y entrenar la mirada para ver instrumentos donde hay personas.

Kant lo formuló con una severidad que sigue punzando: tratar a la humanidad únicamente como medio, incluso en la imaginación, es incompatible con la dignidad que la constituye. Se puede, en otras palabras, degradarse a uno mismo sin dañar a nadie más. Eso no es un delito. Pero tampoco es indiferente.

Una ponderación honesta

Mi posición, después de recorrer ambos caminos, es diferenciada, y sospecho que decepcionará a los dos bandos.

La pornografía no es una categoría moral homogénea. Existe producción con contratos claros, remuneración justa y ausencia de coerción; y existe producción construida sobre trata, menores y material robado. La segunda es indefendible bajo cualquier marco ético concebible, y ahí no hay debate posible: hay delito. La primera admite discusión razonable, y esa discusión merece darse sin histeria.

El juicio jurídico y el moral, además, no coinciden. Puede prohibirse sólo aquello que produce daño verificable —coerción, menores, difusión no consentida— y someterse el resto a regulación estricta antes que a prohibición. Y puede sostenerse, al mismo tiempo, una crítica moral seria del consumo habitual desde la ética de la virtud sin pedir que nadie vaya a la cárcel. Ese es exactamente el matiz de Hart que el debate público extravía una y otra vez: creer que si algo no debe prohibirse, entonces está bien, y que si está mal, entonces debe prohibirse. Ninguna de las dos inferencias es válida.

El análisis económico, por su parte, advierte contra ambos extremos. La prohibición total genera clandestinidad y multiplica el abuso; el laissez-faire absoluto deja externalidades sin internalizar. Lo institucionalmente razonable se parece más a un régimen de responsabilidad estricta para las plataformas, verificación robusta de edad y consentimiento, y una educación sexual que ofrezca contrapeso a lo que los adolescentes aprenden solos frente a una pantalla.

La pregunta que sí importa

Termino donde empecé, pero con la pregunta corregida. «¿Es moral la pornografía?» está mal formulada. Las preguntas fértiles son otras: ¿bajo qué condiciones de producción puede ser lícita?, ¿qué efectos agregados tolera una sociedad que dice tomarse en serio la igualdad?, y —la más íntima de todas— ¿qué clase de persona me hace ser el hábito de consumirla? La primera es una pregunta de derecho, la segunda de justicia, la tercera de virtud. Confundirlas produce fanáticos en ambas orillas.

El arte de vivir, esa idea a la que vuelvo siempre en este espacio, no consiste en acumular certezas sino en habitar bien las preguntas difíciles. Y esta es una de ellas.

¿Y tú qué piensas? ¿Crees que el consentimiento entre adultos zanja el asunto, o que hay bienes colectivos que ningún acuerdo privado puede negociar? Te leo en los comentarios.


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